PASIVIDADES - AJUSTE DE JUBILACIONES Y PENSIONES. ABRIL 1985




Promulgación: 09/07/1986
Publicación: 31/07/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 53
   Visto: lo dispuesto en el artículo 73 del Decreto Constitucional Nº 9
del 23  de octubre de 1979, con las modificaciones establecidas por el
artículo 11 del Decreto  Constitucional Nº  13 del  12 de  octubre de
1982.

    Resultando: I)  Que por decreto 73 del Poder Ejecutivo 193/986 de 7 de
abril de 1986 se determinó el ajuste anual de las pasividades de servidas
por la Dirección General de la Seguridad Social;

II) Que a la fecha de dictarse dicho decreto, no era posible evaluar cual
sería el mejoramiento de los recursos reales producto de la aplicación de
la ley  15.781 sobre facilidades de pago, cuyo plazo de amparo vencía el
30 de abril próximo pasado.

Considerando: I)  Que es propósito del Poder Ejecutivo mantener su
política de recuperación constante del poder adquisitivo de las
pasividades e incluso mejorar en términos reales su valor en la medida
que las posibilidades financieras del Estado lo permitan y sin recurrir a
prácticas de financiamiento de tendencia inflacionaria que reviertan el
resultado deseado;

II) Que la evolución de la recaudación de la Dirección General de la
Seguridad Social manifiesta un mejoramiento de la situación financiera
que permite  el cumplimiento  de los compromisos ciertos asumidos, sin
alterar la asistencia financiera prevista para el ejercicio, a cargo
del Tesoro Central;

III) Que como consecuencia de ello se está en condiciones de disponer un
aumento complementario del establecido en el decreto 193/986, aplicable
a las pasividades de menor aumento relativo.

                        El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 383/986 de 23/07/1986 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 358/986 de 09/07/1986 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 383/986 de 23/07/1986 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 358/986 de 09/07/1986 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 383/986 de 23/07/1986 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 358/986 de 09/07/1986 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 383/986 de 23/07/1986 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 358/986 de 09/07/1986 artículo 4.

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