INSTRUMENTACION DE UN MECANISMO PARA DESTINAR AL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE FONDO DE FINANCIAMIENTO DEL TRANSPORTE COLECTIVO SUBURBANO DE PASAJEROS




Promulgación: 22/12/2017
Publicación: 29/12/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   La participación de cada una de las empresas beneficiarias en los beneficios del Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros, será determinada en acuerdo con las empresas en función de la participación de cada una de ellas en el total de la venta de boletos de pasajeros del conjunto de las empresas beneficiarias, durante el período comprendido entre el 1° de setiembre de 2016 y el 31 de agosto de 2017. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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