A efectos de proceder a ceder, ofrecer en garantía o securitizar los
activos del Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de
Pasajeros, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como
administrador del Fondo, acordará previamente con las empresas
beneficiarias, los términos y condiciones en que serán realizadas dichas
operaciones.