REGLAMENTACION DEL ART. 9° DE LA LEY 19.574, REFERENTE A PROHIBICIONES PARA PERSONAS QUE SE DESEMPEÑAN EN DETERMINADOS CARGOS PUBLICOS




Promulgación: 12/11/2018
Publicación: 21/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.574 de 20/12/2017 artículo 9.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Asunción. Al momento de la designación en el cargo, los sujetos señalados en el primer inciso del artículo 1°, deberán presentar el formulario a que se hace referencia en el artículo anterior ante el Organismo que corresponda, el que contendrá la declaración del sujeto estableciendo si se encuentra o no en la situación prevista en el artículo 1°.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
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