REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 18.412 SOBRE SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOTORES POR ACCIDENTES QUE CAUSEN DAÑOS A TERCEROS




Promulgación: 18/08/2009
Publicación: 31/08/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 362
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.412 de 17/11/2008.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 (Efectos del seguro).- Los acoplados remolcados definidos en el inciso
segundo del artículo 1º del presente Decreto no están comprendidos en la
previsión del artículo 5º de la Ley que se reglamenta, debiendo contar con
cobertura independiente propia.
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