FIJACION DE LOS COMETIDOS DEL SERVICIO NACIONAL DE SANGRE




Promulgación: 05/07/1979
Publicación: 27/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 76
Reglamentario/a de: Ley Nº 12.072 de 04/12/1953.

I - DEL SERVICIO NACIONAL DE SANGRE

Artículo 17

   A los efectos de que los Servicios de Hemoterapia públicos y privados
sean considerados coordinados con el Servicio Nacional de Sangre en el
Programa a que se refiere el artículo 15 deberán cumplir con los
siguientes requisitos:

1)   Enviar al Servicio Nacional de Sangre el plasma excedentario o sangre
     de descarte en forma habitual;

2)   Cumplir con las especificaciones técnicas y administrativas
     establecidas por el Servicio Nacional de Sangre para la realización
     de este Programa.   (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 25.
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