REGLAMENTACION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE CONSIDEREN TRABAJO PORTUARIO, DE INDOLE PUBLICA O PRIVADA QUE SEAN REALIZADAS POR ORGANISMOS DEL ESTADO Y PRESTADORES DE SERVICIOS PORTUARIOS
CAPÍTULO XXXVI - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN SOBRE FENÓMENOS METEOROLÓGICOS
ADVERSOS
Artículo 163
Para aquellos trabajos no asociados a tareas de carga y descarga la empresa en consulta con los integrantes del ámbito bipartito dispuesto por el Decreto 291/007 establecerá el procedimiento a seguir.