REGLAMENTACION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE CONSIDEREN TRABAJO PORTUARIO, DE INDOLE PUBLICA O PRIVADA QUE SEAN REALIZADAS POR ORGANISMOS DEL ESTADO Y PRESTADORES DE SERVICIOS PORTUARIOS
Todos los servicios de bienestar estarán provistos de puerta, ventilación natural que será independiente de los locales de trabajo y de los servicios sanitarios, pisos de material no absorbente y con declives hacia desagües, iluminación adecuada y protección contra la entrada de insectos en sus aberturas.