IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA




Promulgación: 18/08/1992
Publicación: 24/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 434
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículos 641 y 642.

Artículo 5

  (Efectos de la Declaración Jurada). - La Declaración Jurada, emitida por
el declarante con arreglo a lo dispuesto en el artículo 239 del Código
Penal y artículos 96 y 110 del Código Tributario operará automáticamente
como exoneración reconocida por el Organismo, sin perjuicio de subsistir
el crédito fiscal si la misma no fuera procedente.
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