Reglamentario/a de: T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 4 - Título 11.
Artículo 7
El incumplimiento de las prescripciones dispuestas en la presente
reglamentación o cualquier otra que legalmente corresponda en relación al
otorgamiento de las franquicias fiscales, dará lugar a la liquidación del
tributo impago, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.