Visto: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras
y de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al
ejercicio 1992;
Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
Atento: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República, y a lo informado por la Asesoría Económico Financiera del
Ministerio de Economía y Finanzas;
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el 1º de enero de
1992 de acuerdo con los montos que se detallan a continuación:
I - INGRESOS EN N$ 413.879.027.500
1. Intereses y Comisiones 270.018.160.000
2. Utilidades de Cambio 97.995.205.800
3. Otros Ingresos 45.865.661.700
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 47.092.286.600
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución Serv. Personales 13.711.833.600
011311 Sueldos básicos cargos presupuest.9.944.205.600
Directores 132.580.800
011315 Diferencia p/subrogación 40.780.800
011316 Prima por antig
antigüedad presupuestados 502.954.800
019311 Sueldo anual complementario 1.075.328.400
021321 Sueldos básicos pers. contrat. 18.800.400
021326 Prima por Antigüedad contratados 11.612.400
029311 Sueldo anual complementario 3.079.200
061301 Por trabajo en horas extras 514.852.800
061301 Por funciones distintas cargo 7.167.600
061310 Prima por especialización 601.030.800
061312 Adelanto a cuenta 2.024.400
062311 Gastos de representación Direc. 17.163.600
062312 Productividad 332.024.400
069361 Saldo Anual Compl. Civil 158.154.000
077 Quebranto de caja 228.050.400
079 Subsidio a Ex-Directores 87.756.000
091 Retribuciones civiles 34.267.200
1 Cargas Legales s/Servs. Personales 3.809.169.600
111 Aporte Patronal Jubilatorio 3.539.493.600
123 Aporte Patronal al F.N.V. 134.838.000
131 Impuesto Ley Nº 15.294 134.838.000
2 Materiales y Suministros 5.949.239.300
3 Servicios no Personales 20.735.389.800
7 Subsidios y Otras Transferencias 2.086.115.400
719 Donaciones 9.666.600
751 Prima por matrimonio 3.585.600
752 Hogar constituido 210.892.800
753 Prima por nacimiento 7.171.200
754 Prestaciones por hijo 101.893.200
CEANF 114.000
774 Contrib. por asist. médica 1.752.792.000
9 Asignaciones Globales 800.538.900
Operaciones Financieras 913.990.152.200
8 Servicio de Deuda y Anticipos 913.990.152.200
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES
3.416.875.000
Rubro Denominación N$
4 Máquinas, Equipos y Mobiliarios nuevos 3.067.750.000
6 Construcciones, Mejoras y Rep. Extraord. 349.125.000
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera, se detallan en los cuadros que se adjuntan y que
forman parte integrante de este decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales, 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, incluyen el incremento salarial otorgado
con de en vigencia 1º de enero de 1991.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de N$ 1750 (nuevos pesos mil setecientos
cincuenta) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional están
expresadas a precios promedio del período enero-abril de 1991. (*)
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 429/992 de
14/09/1992.
Ver en esta norma, artículo:54.