APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1992




Promulgación: 14/09/1992
Publicación: 07/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 19

   La remuneración de los Bibliotecólogos con título profesional
universitario, que desarrollan únicamente tareas vinculadas a su
profesión, se regulará de acuerdo a los grados que se indican de la
E.P.U.:

Go. Escala         Grado Escala          Grado Escala      Grado Escala
del Cargo          Patrón Unica          E Ccargo          Patrón Unica 
Ingreso                 15.0                11                  27.0
1    16.0               12                  28.0
2    17.0               13                  29.0
3    18.0               14                  30.0
4    19.0               14                  31.0   
6    21.0               16                  33.0
7    22.0               17                  34.0 
8                       23.0                18                  35.0
9                       24.0                19                  36.0
10                      25.0                20                  38.0 

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 297/993 de 23/06/1993 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 429/992 de 14/09/1992 artículo 19.
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