OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES PARA LOS DESPACHANTES DE ADUANA EN LO RELATIVO A LA GUARDA, CONSERVACION Y ARCHIVO DE TODOS LOS DOCUMENTOS DERIVADOS DE OPERACIONES ADUANERAS. REGLAMENTACION
CAPÍTULO III - ARCHIVO DE DOCUMENTOS EN SOPORTE DIGITAL
Artículo 17
(Archivo de la documentación).- El archivo digital de todos los
documentos deberá cumplirse en el mismo momento de su presentación o
registro ante la Dirección Nacional de Aduanas, de acuerdo a la
reglamentación de los procedimientos de autorización de las operaciones
aduaneras.