OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES PARA LOS DESPACHANTES DE ADUANA EN LO RELATIVO A LA GUARDA, CONSERVACION Y ARCHIVO DE TODOS LOS DOCUMENTOS DERIVADOS DE OPERACIONES ADUANERAS. REGLAMENTACION




Promulgación: 01/02/2011
Publicación: 10/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 246
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.694 de 21/10/2010.

CAPÍTULO VII - INCUMPLIMIENTO Y SANCIONES

Artículo 29

 (Sanciones).- El no cumplimiento de la normativa precedente dará lugar a
la aplicación de las sanciones dispuestas por los artículos 2° y 3° de la
Ley N° 18.694, de 21 de octubre de 2010, a través del procedimiento
establecido por el artículo 21 del Decreto 391/971, de 29 de junio de
1971.
                             

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 30 (vigencia).
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