El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Decisión N° 03/018 del Consejo del Mercado Común que modifica la Decisión N° 53/08 sobre el régimen de equipaje en el MERCOSUR, incorporada al ordenamiento jurídico interno por el Decreto N° 139/014 de 19 de mayo de 2014.
RESULTANDO: que conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712 de 1° de septiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR, efectuando su comunicación a la Secretaría Administrativa del MERCOSUR en el marco del procedimiento de entrada en vigencia simultánea de las normas.
CONSIDERANDO: lo establecido en el artículo 42 del Protocolo de Ouro Preto, corresponde incorporar al ordenamiento jurídico interno la Decisión N° 03/018 del Consejo del Mercado Común.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Incorpórase la Decisión N° 03/018 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, por el que se modifica el régimen de equipaje del MERCOSUR, (*) que se adjunta y forma parte del presente Decreto.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la vigencia simultánea de la Decisión N° 03/018 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, de conformidad con el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto.