Aquellos que tengan a su cargo hijos producto de un nacimiento gemelar
múltiple, cobrarán el beneficio de la asignación familiar, por cada niño,
por un valor equivalente al triple del que les correspondería en el
régimen general, hasta la edad de cinco años; al doble entre los seis y
los doce años, y común entre los trece y dieciocho años de edad.
La asignación familiar para aquellos que tengan a cargo hijos producto de
un nacimiento gemelar múltiple, se abonará a partir de la fecha de la
presentación de solicitud del beneficio.