REGULACION DE NORMAS PARA LA ADQUISICION DE NOVILLOS Y VACAS GORDAS POR PARTE DE LOS FRIGORIFICOS




Promulgación: 30/05/1975
Publicación: 09/06/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1253

Artículo 3

Los frigoríficos a que se refiere el artículo primero darán preferencia en
sus adquisiciones a los novillos y vacas gordos remitidos por los
titulares de explotaciones agropecuarias cuya extensión no supere las 300
hectáreas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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