La Propuesta, fase de presentación.
8.1. La Propuesta deberá contener información básica sobre el proyecto a
un nivel de perfil y una descripción de la concesión y sus
características -si correspondiere-, requerimientos de servicios, obras
adicionales, etc.
8.2. El proponente deberá tener en cuenta los requisitos de protección
del medio ambiente exigidos por la Ley Nº 16.466 de 19 de enero de 1994 y
su Decreto reglamentario Nº 435/994 de 21 de setiembre de 1994 y demás
normas concordantes y modificativas, así como las normas legales y
reglamentarias inherentes al objeto de las obras de que se trata.
8.3. La propuesta deberá incluir esencialmente, sin perjuicio de la
descripción formal general requerida en el artículo 4, lo siguiente:
8.3.1. Un estudio de perfil del proyecto incluyendo sus características y
costos públicos y privados.
8.3.2. Descripción de la futura Concesión, en caso que correspondiere, de
sus actividades, áreas, sectores, y estructuras que serán ocupadas por el
futuro concesionario.
8.3.3. Requerimientos de obras y servicios, actividades e inversiones
adicionales a ser realizadas por el Estado o por particulares, si es que
el proponente estima que fueran necesarias.
8.3.4. Expresar si es intención del interesado utilizar servicios o
bienes del Estado, muebles o inmuebles, y en qué medida.
8.3.5. Otros antecedentes, documentación o aspectos que a juicio del
proponente contribuyan a clarificar la propuesta, pero sin omitir ninguna
de las exigencias esenciales requeridas.