FONDO DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD LECHERA




Promulgación: 20/11/2002
Publicación: 26/11/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1445
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.582 de 02/11/2002.

CAPITULO III - DE LAS EMPRESAS ELABORADORAS Y LAS EMPRESAS IMPORTADORAS DE LECHE FLUIDA

Artículo 10

 A los efectos de los aportes al Fondo de Financiamiento de la Actividad 
Lechera (FFAL), se considerarán todas las modalidades de leche fluida 
destinadas al consumo, con excepción de las leches saborizadas y 
azucaradas, con un mínimo del 5% (cinco por ciento) de contenido no 
lácteo.
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