Los gastos de administración del FFAL se devengarán mensualmente, no
pudiendo superar el 1% (uno por ciento) de la recaudación de cada mes. El
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca retendrá el 2% del monto
total de la cesión del flujo de fondos, que será utilizado para atender
eventuales reclamaciones de los beneficiarios. La cuota parte no
utilizada de este monto, se destinará a la cancelación de la cesión, una
vez agotado el procedimiento y resolución firme de reclamación.