Visto: la necesidad de prestigiar y dotar de una adecuada denominación a
los Cursos que se dictan en la Escuela de Equitación del Ejército y
otorgar los diplomas y distintivos correspondientes, acorde al nivel de
los mismos.
Considerando: I) que actualmente se dictan dos Cursos de Equitación a
saber:
1. Curso Básico de Equitación, de un año de duración, con entrega de
diploma, sin entrega de distintivo.
2. Curso Avanzado de Equitación, de dos años de duración, con entrega de
diploma de Instructor de Equitación y distintivo.
II) que personas civiles y militares extranjeras realizan el Curso Básico,
ya sea disputando Becas de la Comisión Nacional de Educación Física o por
designación directa.
III) que habiéndose estudiado la situación de Cursos similares que se
dictan en otros países de América, se entiende justificado cambiar la
denominación de los Cursos mencionados, otorgándose asimismo distintivo a
quienes finalicen con aprobación el actual Curso Básico de Equitación.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
Modifícanse las actuales denominaciones del Curso Básico de Equitación
y del Curso Avanzado de Equitación, los cuales se denominarán:
"Curso de Instructor de Equitación" y "Curso de Profesor de Equitación,
respectivamente".
Las personas civiles que se postulen para los mencionados cursos,
deberán cumplir con las condiciones de ingreso así como los requisitos
para la aprobación de los cursos, que impongan los programas y
reglamentos de la Escuela de Equitación del Ejército.- (*)