Reglamentario/a de: Ley Nº 15.939 de 28/12/1987.
DEL PATRIMONIO FORESTAL DEL ESTADO
(Registro de Bosques). A efectos de la calificación del Patrimonio Forestal del Estado, se observarán los mismos requisitos y disposiciones establecidas para la calificación de los bosques particulares, en cuanto resulten aplicables.