ACTUALIZACION DEL CATASTRO NACIONAL. CATASTRO URBANO SUBURBANO RURAL




Promulgación: 13/07/1988
Publicación: 10/08/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 95
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 114.
Referencias a toda la norma
 Visto: lo dispuesto por el artículo 114 de la ley 15.903 de 10 de
noviembre de 1987.

 Resultando: que la citada norma establece la facultad de la Dirección
General de Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado de
celebrar acuerdos con las Intendencias Municipales para la puesta al día
del Catastro urbano, suburbano y rural de los distintos departamentos.

 Considerando: que resulta necesario reglamentar la ejecución de la
citada norma.

 Atento: a lo dispuesto por el artículo 168, numeral 4º de la Constitución
de la República y a lo informado por la Contaduría General de la Nación y
la División Contaduría Central y Asesoría Jurídica y Técnico-Financiera
del Ministerio de Economía y Finanzas,

  El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

       Autorízase a la Dirección General de Catastro Nacional y
Administración de Inmuebles del Estado a acordar con las Intendencias
Municipales la puesta al día del Catastro urbano, suburbano y rural de
los distintos departamentos. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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