REGLAMENTACION DE LA EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE INTEGRACION SOCIO-HABITACIONAL JUNTOS




Promulgación: 29/12/2011
Publicación: 18/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1872
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.829 de 24/10/2011.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
Población participante, intervenciones, recepción de obras, transferencia
de la propiedad

Artículo 19

 Organización y representación en los territorios.- Los territorios en
los cuales se intervenga se darán la forma de organización y la
representación que consideren pertinente, propendiendo a la mayor
participación de todos los núcleos familiares participantes en la toma
de decisiones, en las tareas necesarias para la mejora de la vivienda y
del hábitat y en aquellas relativas a la integración social y cultural.
Para la Unidad Operativa Central serán válidas las resoluciones tomadas
en las instancias representativas que se de la organización del
territorio, teniendo especialmente en cuenta aquellas decididas por
Asamblea General, como órgano máximo de decisión de la organización
territorial, siempre que no contradigan los lineamientos del Plan.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 20.
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