Derogada/o por: Decreto Nº 275/999 de 14/09/1999 (Reglamentación de las
Empresas Prestadoras de Servicios de Seguridad Vigilancia y Afines,
artículo 33).
Visto: Los artículos 150 y siguientes de la Ley 16.170, de 28 de
diciembre de 1990.
Resultando: I) que el artículo 150 de la mencionada ley facultó al
Poder Ejecutivo a reglamentar todo lo relacionado con las empresas
prestadoras de servicios de seguridad, vigilancia y afines, así como las
condiciones de su personal, equipos, sanciones a aplicar, revocaciones de
permisos y condiciones de funcionamiento.
II) que con anterioridad a la misma, fueran dictados diversos decretos
regulatorios de la actividad del sector, que se encuentran vigentes.
Considerando: que resulta conveniente actualizar la reglamentación
vigente en esta materia.
Atento: a lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 16.170 de 28 de
diciembre de 1990.
El Presidente de la República
DECRETA: