A los funcionarios contratados y jornaleros cuyas remuneraciones
actuales se abonan con cargo a los renglones 0.21, 0.23, 0.27, 0.41, 0.44,
0.47, 0.79/2 y 0.79/3, Proventos y Leyes Especiales se otorgará el aumento
de sus retribuciones de acuerdo a lo establecido en el presente decreto
para los presupuestados, considerando la equivalencia de los renglones
respectivos. (*)