APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2005




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 28/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1518
Referencias a toda la norma

TITULO V
DISPOSICIONES COMUNES
C) ADECUACION DE LOS RUBROS QUE INTEGRAN EL PRESUPUESTO OPERATIVO, DE OPERACIONES FINANCIERAS Y DE INVERSIONES

Artículo 55

 No tendrán carácter limitativo las partidas autorizadas por concepto de:
Tarjeta de Créditos (Renglones 299.008 y 299.009), Gastos por Nuevos
Proyectos (Renglón 299.011), Tarjeta Redbrou (Renglón 299.024), Gastos
por transferencias de Créditos al Fideicomiso (Renglón) 299.027);
Contratación de Trabajos Externos (Renglón 299.700); Costo Financiero
(Renglón 621.000), y todas las comprendidas en el subgrupo 26 - Tributos,
Seguros y comisiones; y en el subgrupo 71 - Sentencias Judiciales y
Acontecimientos Imprevistos.

Cuando en función de las necesidades del Organismo estas partidas sean
incrementadas, deberá cursarse la correspondiente comunicación a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la
República.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 72.
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