REGLAMENTACION DE LA LEY 17.547, REFERENTE A LA ACTIVIDAD DE PARQUES INDUSTRIALES




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 27/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1580
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.547 de 22/08/2002.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - DE LA HABILITACION DE PARQUES INDUSTRIALES

Artículo 24

 Las personas jurídicas de derecho privado que pretendan explotar parques
industriales bajo el régimen de la Ley Nº 17.547 que se reglamenta,
deberán tener objeto único y exclusivo referido a dicha actividad.-
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