Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 47.
Artículo 5
Verificados los mismos, dicha Oficina remitirá las actuaciones a la
Comisión de Adecuación Presupuestal, prevista por el artículo 471 de la
Ley Nº 16.226 de 29 de octubre de 1991, a los efectos de elaborar el
proyecto de incorporación y adecuar la retribución del funcionario.