DETERMINACION DE RELACION INTERADMINISTRATIVA ENTRE MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEPENDENCIAS JUDICIALES




Promulgación: 20/09/1977
Publicación: 28/09/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 464
   Visto: la necesidad de ordenar la relación interadministrativa entre el
Ministerio de Justicia y las distintas dependencias de la justicia
ordinaria y de la justicia administrativa.

   Considerando: que la mencionada ordenación debe fundarse sobre el
principio, consagrado en los artículos 6, inciso 2 y 35 del Acto
Institucional 8, de la primacía institucional que la Corte de Justicia y
el Tribunal de lo Contencioso Administrativo tienen, respectivamente, en
las indicadas jurisdicciones.

   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo que dispone el artículo 1
del decreto 401/977, de 12 de julio de 1977,

                        El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   La relación interadministrativa entre el Ministerio de Justicia y los
órganos integrantes de la justicia ordinaria y de la justicia
administrativa, se hará efectiva, en todos los casos, a través de la Corte
de Justicia o del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, según
corresponda. Al efecto, las comunicaciones que hayan de cursarse serán
dirigidas al Presidente del Cuerpo, quien, en cada caso dispondrá el
trámite correspondiente. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.

MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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