El nuevo régimen no implica derogación ni alteración de la vigencia de
la inamovilidad determinada por el Decreto Nº 205/000, de 19 de junio de
2000, por lo que los afiliados que se incorporen a las Instituciones de
Asistencia Médica Colectiva al amparo de la ley que se reglamenta
quedarán comprendidos por dicho decreto.