FIJACION DE TARIFAS DE LA DIRECCION DE USO Y MANEJO DEL AGUA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA. OCTUBRE 1980




Promulgación: 15/10/1980
Publicación: 05/12/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 566/981 Derogada/o de 06/11/1981 artículo 5.
   Visto: la gestión formulada por la Dirección de Uso y Manejo del Agua
del Ministerio de Agricultura y Pesca, a los fines que se indicarán.
   Resultando: I) Por el decreto 512/979, de fecha 12 de setiembre de
1979, se fijó la tarifa de riego para el Sistema Experimental de Riego
A-1, ubicado en la 2º Sección Judicial del Departamento de Lavalleja;
   II) Estos antecedentes tratan sobre la actualización  de dicho canon,
en razón de que el vigente no responde a los gastos que origina el
servicio de riego;
   III) Se recabó la opinión de la Dirección de Administración Financiera
y de la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Agricultura y
Pesca, quienes se expidieron favorablemente.
   Considerando: conveniente, de acuerdo a lo expuesto, proveer en la
forma aconsejada por la Dirección de Uso y Manejo del Agua, en la
actualización del canon que propone.
   Atento: a lo establecido en el decreto del 6 de julio de 1943 y a lo
que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y Administración Financiera
puesto en vigencia, para todos los organismos del Estado, a partir del 1º
de enero de 1968, por el decreto 104/968, de 6 de febrero de 1968, en
base a lo preceptuado por el artículo 512 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e
Inversiones),

           El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 548/980 de 15/10/1980 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 548/980 de 15/10/1980 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 548/980 de 15/10/1980 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 548/980 de 15/10/1980 artículo 4.

Artículo 5

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 548/980 de 15/10/1980 artículo 5.

Artículo 6

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 548/980 de 15/10/1980 artículo 6.

MENDEZ - JUAN C. CASSOU - ERNESTO ROSSO FALDERIN
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