INSTRUMENTACION DE COMPETENCIAS Y FUNCIONAMIENTO DE LAS FISCALIAS LETRADAS NACIONALES DE ADUANA




Promulgación: 19/12/1984
Publicación: 03/05/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1419

Artículo 4

   Establécese que los Turnos de actuación tendrán un orden decenal
aproximadamente, correspondiéndoles actuar en forma sucesiva y desde la
Fiscalía de Primer Turno hasta la de Cuarto Turno, en los siguientes
períodos: del 1º al 10 de enero, inclusive; del 11 al 20 de enero,
inclusive; del 21 al último día de enero, inclusive; y del 1º al
10 de febrero, inclusive, respectivamente cada una de ellas, y así
sucesivamente hasta completar el año.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 12/06/1985.
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