Las propuestas formuladas por la Comisión que se crea por el presente
Decreto, que contengan iniciativas tendientes a la promoción y desarrollo
de la zona deberán contar con informe favorable de la Dirección General de
los Recursos Naturales Renovables, previo a su consideración por el Poder
Ejecutivo y la Intendencia Municipal respectiva. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 260/997 de 29/07/1997 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 581/990 de 18/12/1990 artículo 9.