DECLARACION DE INTERES NACIONAL. CASINOS DEL ESTADO




Promulgación: 24/07/1975
Publicación: 06/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 223
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.335 de 23/12/1974 artículo 20.
Referencias a toda la norma

Artículo 12

(Elementos de juicio para otorgar las concesiones). - Las concesiones
serán otorgadas teniendo en cuenta entre otros los siguientes elementos
de juicio:

1)   Interés nacional y zonal de las obras ofrecidas.
2)   Número y categoría de los complejos turísticos ofrecidos por el
     mismo ofertante.
3)   Volumen de inversión.
4)   Monto del precio a abonar anualmente por cada unidad de juego.
5)   Servicios conexos de infraestructura que incidan positivamente en el
     desarrollo turístico.
6)   Antecedentes y solvencia del ofertante y mayor jerarquía y seguridad
     de las garantías ofrecidas.
7)   Bienes que incorporará al patrimonio nacional o municipal.
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