(Sanciones). - Toda contravención legal o reglamentaria así como el
incumplimiento de las condicionantes del contrato dará lugar a una
sanción que podrá ser de carácter pecuniario o de cierre del Casino,
pudiendo esta, si la falta así lo indicara, ser permanente perdiendo la
concesión de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo VII de la ley 14.335
de 23 de diciembre de 1974.