CESE DE LA APLICACION DEL DECRETO 535/977, RELATIVO A LA SUSPENSION DE EXONERACIONES TRIBUTARIAS AL DIARIO "EL DIA"




Promulgación: 28/10/1977
Publicación: 07/11/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 954
Visto: el decreto 535/977, de 28 de setiembre de 1977, por el cual se
suspendieron los beneficios legales que en materia tributaria gozaba la
empresa periodística "El Día", la que quedó sometida al régimen tributario
común.

Considerando: I) Que en mérito al tiempo transcurrido, se entiende
pertinente hacer cesar el período de vigencia de la suspensión de los
beneficios legales de referencia, dejando sin efecto la medida dispuesta;

II) Que por su naturaleza el presente decreto se encuadra en lo estatuido
por el artículo 31º literal A) del acto institucional 8,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Déjase sin efecto a partir de la fecha, lo dispuesto por el decreto
535/977, de fecha 28 de setiembre de 1977.

Artículo 2

   Los distintos organismos recaudadores de tributos adoptarán las medidas
tendientes a fin de que la empresa efectúe las liquidaciones y pagos
correspondientes en función del derecho común, con prescindencia de toda
desgravación, ya sea de naturaleza subjetiva u objetiva, por el período de
vigencia de la suspensión de beneficios legales en materia tributaria
dispuesta por el decreto 535/977, de fecha 28 de setiembre de 1977.

   En lo que tiene que ver con los tributos que gravan la importación de
papel, los mismos se liquidarán por el régimen tributario común por el
mencionado período en función de la cantidad de papel consumida por la
empresa en ese mismo período.

Artículo 3

   Comuníquese a la Dirección General Impositiva, a la Dirección Nacional deAduanas, al Banco de la República Oriental del Uruguay y a todo otro
organismo público involucrado, para su cumplimiento efectivo.

Artículo 4

   Pase a al Jefatura de Policía de Montevideo para la notificación a la
empresa "El Día".

Artículo 5

   Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 6

   Publíquese, etc.

MENDEZ - HUGO LINARES BRUM - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA
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