Visto: estos antecedentes elevados por la Comisión Nacional de Artes
Plásticas y Visuales sometiendo a consideración el anteproyecto de
Reglamento del XXXIX Salón Nacional de Artes Plásticas según lo
establecido por el decreto-ley 10.277 de 18 de noviembre de 1942.
Resultando: que la Comisión de referencia de acuerdo a la
experiencia recogida ha introducido en el Reglamento vigente
modificaciones tendientes a lograr una mejor organización y desarrollo
del mismo.
Atento: a los informes de la Dirección de Cultura y Contaduría
Central del Ministerio de Educación y Cultura,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Reglamento para el XXXIX Salón Nacional de Artes Plásticas,
bajo el siguiente articulado: (*)