FUNCIONARIOS MILITARES - INCENTIVO AL RENDIMIENTO




Promulgación: 22/12/1992
Publicación: 18/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 1103
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.226 de 29/10/1991 artículos 71 y 73.

Artículo 3

  Tendrán derecho a percibir dicho incentivo los funcionarios en la Unidad
Ejecutora en la que efectivamente presten servicios, que cumplan con los
siguientes requisitos:

 a) Asiduidad igual o superior a la media;
 b) Rendimiento igual o superior al nivel medio;
 c) Dedicación igual o superior al nivel medio.
Ayuda