APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE OSE. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/10/1986
Publicación: 28/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el decreto 
84/984, del 1° de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo
programa, entre rubros  de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre componente nacional e importado para los que sólo se requerirá la autorización del Jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los diez días subsiguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien deberá en igual plazo comunicar al Tribunal de Cuentas de la República. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 12.
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