Definiciones: Se entenderá por:
a) Venta: toda operación en la que exista un acuerdo de entrega de
moneda extranjera o de metales preciosos contra un pago en moneda
nacional;
b) Compra: toda operación en la que exista un acuerdo de pago en
moneda nacional, con contraprestación de moneda extranjera o de
metales preciosos recibidos;
c) Metales preciosos: el oro, la plata, el platino y el paladio en
la forma de lingotes, planchas, láminas, barras, granallas, medallas
conmemorativas, monedas nacionales o extranjeras desmonetizadas, con
título no inferior a 900/1000 (novecientos milésimos).
d) Moneda extranjera: la moneda misma, los medios de pago y los valores
mobiliarios expresados en signos monetarios de otros países, excepto
acciones. (*)