REGLAMENTACION DE DISPOSICIONES DE LA LEY 14.214, RELATIVO A REINTEGROS DEL PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL DE EXPORTADORES




Promulgación: 23/01/1975
Publicación: 30/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 131
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.214 de 27/06/1974.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

  Cuando resulten aplicables las disposiciones del artículo anterior, los
exportadores tendrán derecho al porcentaje de reintegro asignado por la
resolución del Poder Ejecutivo allí prevista, al producto final
exportado. En ausencia de la resolución referida, corresponderá al
exportador la totalidad del reintegro fijado al producto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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