REGLAMENTACION DE LA LEY 20.193, RELATIVA A LA REPARACION A LAS VICTIMAS DE GRUPOS ORGANIZADOS Y ARMADOS CON FINES POLITICOS E IDEOLOGICOS COMETIDOS ENTRE EL 1° DE ENERO DE 1962 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 1976




Promulgación: 28/02/2024
Publicación: 05/03/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.193 de 24/08/2023.

Artículo 3

   (Monto de las reparaciones). Los montos de las mencionadas reparaciones patrimoniales serán los siguientes:
   A) A los causahabientes de quienes perdieron la vida: USD 150.000 (dólares estadounidenses ciento cincuenta mil).
   B) A quienes sufrieron incapacitación permanente, total o parcial, para el trabajo o a sus causahabientes: USD 100.000 (dólares estadounidenses cien mil).
   C) A quienes fueron privados de su libertad por más de setenta y dos horas, o a sus causahabientes: USD 50.000 (dólares estadounidenses cincuenta mil).
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