El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado
podrá presupuestar al personal contratado, con un año de antigüedad al 31
de diciembre de 1983, en el último grado de los escalafones respectivos y
en los cargos vacantes de los mismos.
A tales efectos se determinará el mejor derecho, teniendo en cuenta
además, que podrá ingresar en idénticas condiciones en los escalafones en
que desempeñan sus funciones. En las futuras promociones se tendrá en
cuenta para dicho personal los años generados en la Administración con
anterioridad a su presupuestación, aún los cumplidos en un escalafón
distinto al que pasen a ocupar. (*)