SECCION II - DE LA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA TITULO III - DE LA SELECCION DEL ADJUDICATARIO CAPITULO III - DE LA SOCIEDAD A CONSTITUIRSE
Artículo 15
(Constitución de la sociedad).- Cada oferente se obligará, para el
caso de resultar adjudicatario, a constituir, o reformar en su caso una
sociedad anónima nacional, en los plazos, condiciones y con las garantías
que establecerán los pliegos, y de acuerdo con el modelo de estatuto que
proveerá PLUNA conforme con lo dispuesto en este Decreto. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 573/993 de 17/12/1993 artículo 3.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 722/991 de 30/12/1991 artículo 15.