Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el decreto 957/986 del Poder Ejecutivo de fecha 31 de diciembre de 1986.
Resultando: que el referido decreto establece el régimen disciplinario para el personal contratado no administrativo de todas las Direcciones
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que cumplan tareas de estudio, ejecución y contralor de las obras incluidas en los planes de mantenimiento e inversión.
Considerando: que la Dirección Nacional de Hidrografía tiene a su
cargo tareas en los puertos del interior, dragado, riego y otras a cargo de personal contratado y eventual. Que lo mismo acontece en la Dirección Nacional de Arquitectura con respecto a las obras que le son cometidas.
Atento: a lo dispuesto por el decreto 957/986 del Poder Ejecutivo de fecha 31 de diciembre de 1986,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
El personal contratado de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 362
de la ley 15.809 de las Direcciones Nacionales de Arquitectura e Hidrografía le serán aplicables las disposiciones establecidas en el decreto 957 de fecha 31 de diciembre de 1986. (*)