CAPITULO II - PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES
Artículo 1-9
ARTICULO 9º. Cuando los solicitantes sean personas jurídicas, se deberá
cumplir con los requisitos siguientes:
a) Cada socio o accionista con todos los incisos del artículo precedente
con excepción de los establecidos en los f) y g), los cuales serán de
cargo de la sociedad;
b) Si se trata de sociedades por acciones (anónimas o comanditarias)
dichas acciones serán nominativas. (*)