REGLAMENTACION DE LA LEY 14.670 RELATIVO A LA REGULACION DE LOS SERVICIOS RADIODIFUSION




Promulgación: 20/12/1978
Publicación: 15/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1475
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.670 Derogada/o de 23/06/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES

Artículo 1-9

ARTICULO 9º. Cuando los solicitantes sean personas jurídicas, se deberá
cumplir con los requisitos siguientes:

a)   Cada socio o accionista con todos los incisos del artículo precedente
     con excepción de los establecidos en los f) y g), los cuales serán de
     cargo de la sociedad;

b)   Si se trata de sociedades por acciones (anónimas o comanditarias)
     dichas acciones serán nominativas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 1 - 10.
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