Visto: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y el Plan
de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay
correspondiente al Ejercicio 1989.
Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen .
Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y el
Plan de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay a regir
a partir del 1º de enero de 1989 de acuerdo con los montos que se detallan
a continuación.
I - INGRESOS
Concepto N$
Ingresos por colocaciones 182.739:000.000.00
Comisiones 16.040:000.000.00
Total 198.779:000.000.00
II - Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras
N$ 88.084:121.628
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución de Serv.
personales 8.742:152.966
011311 Sueldos básicos
cargos presupuest. 6.171:537.588.00
011315 Diferencia por
subrogación 98:293.800.00
011317 Complemento
automático anual 60:984.000.00
019311 Sueldo anual
complementario 721:723.704.00
021321 Sueldos básicos
cargos eventuales 77:373.996.00
021327 Complemento
automático anual 448:344.00
029321 Sueldo anual
complementario 7:766.580.00
036331 Reemplazantes porteros
de sucursal 16:254.720.00
036332 Departamento adm.
de edificios 5:736.960.00
036333 Médicos suplentes 6:843.840.00
036334 Departamento de ferias
ganaderas 1:434.240
039311 Sueldo anual
complementario 3:310.860.00
050001 Honorarios, abogados
y procuradores de Suc. 7:740.000.00
061311 Horas extras 332:461.370.00
061312 Comp. por destino
sucursales 147:966.000.00
061315 Comp. por horario
nocturno 40:182.000.00
061319 prima por antiguedad
presupuestados 510:045.600.00
061329 Prima por antiguedad
eventuales 2:167.560.00
062311 Gastos de representación
presupuestados 148.800.00
062312 Gastos de representación
Directores 1:734.600.00
077 Quebranto de caja 247:622.400.00
078311 Complemento por
especialización 53:609.796.00
079311 Previsiones 210:319.980.00
079712 Otros 16:446.228.00
I Car. Leg. sob.Ser. Per. 2.710:876.542.00
III Aportes patr. jubil. 2.505.435.302.00
123 Aporte part. al F.N.V. 95:439.576.00
131 Impuesto Ley 15.294 110:001664.00
2 Materiales y suministros 1.603:081.523
3 Servicios no personales 2.795:197.696.00
7 Subsidios y otras Transf. 7.714:284.524.00
749 Otros 56:300.000.00
751 Prima por matrimonio 5:618.304.00
752 Hogar constituído 251:814.312.00
753 Prima por nacimiento 5:618.304.00
754 Prestaciones por hijo 98:362.596.00
759 Alimentación 1.187:739.000.00
774002 Cont. por asist. méd. 326:951.052.00
791 Imp. a los act. banc. 2.667:000.000.00
792 Contribución Inm. 70:000.000.00
793 Impuesto a la vta. mon.
extranjera 2.000:000.00
8 Ser. de deuda y anticipo 64.386:580.000.00
9 Asignaciones globales 131:948.377.00
III - Presupuesto de inversiones
Rubro Denominación N$
4 Máquinas, eq y mob. nuevos 2.106:167.000.00
5 Tierras, edif y otros activos
preexistentes 1.128:000.000.00
6 Construcciones, mejoras y rep.
extraordinarias 1.490:279.000.00
----------------
Total 4.724:446.000.00
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
integrante de este Decreto.
Los rubros O Retribución de Servicios Personales 1 Cargas Legales
sobre Servicios Personales y 7 Subsidios y otras Transferencias en lo
relativo a beneficios sociales, están expresados a precios de noviembre de
1987.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de N$ 282.00 (nuevos pesos doscientos
ochenta y dos) por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo
de cambio vendedor al momento de la ejecución.
Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes
rubros presupuestales están expresadas a precios promedio del período
noviembre 87 febrero 88.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 755/988 de
09/11/1988.
Ver en esta norma, artículo:7.