CREACION DEL REGISTRO DE BIENES DE CAPITAL




Promulgación: 30/12/1987
Publicación: 27/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 1259

Artículo 3

 Por resolución conjunta de los Ministerios de Economía y Finanzas y de
Industria y Energía, se determinarán los datos a presentar para la
solicitud de inscripción en forma de los bienes referidos.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
Ayuda