Reglaméntase una disposición de la Ley N° 13.695 por la que se duplicaron los impuestos específicos o de monto fijo recaudados por la Oficina de Impuestos a la Renta de la Dirección General Impositiva (DGI).
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 28/969 de 14/01/1969 artículo 1.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.695 de 24/10/1968 artículo 125.